Convenio de colaboración entre la Fundación Comunitat Valenciana-Regió Europea y el Ayuntamiento de Alicante, para defender y promover los intereses municipales en el ámbito europeo, facilitar la participación y el conocimiento de políticas europeas

Nº de registro: 
605
Tipo de convenio: 
Interadministrativo (con administraciones públicas territoriales)
Ámbito: 
Alcaldía
Área, servicio o concejalía: 
Alcaldía
Entidad con que se suscribe: 
Fundació Comunitat Valenciana-Regió Europea (FCVRE)
Fecha de suscripción: 
25 de Septiembre de 2024
Partes que suscriben: 
D. Luis José Barcala Sierra. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento de Alicante, y D. Carlos Mazón Guixot, Presidente de la Fundació Comunitat Valenciana-Regió Europea (FCVRE)
Objeto: 

El objeto del presente convenio es articular la concesión de una subvención por parte del Ayuntamiento de Alicante, de carácter nominativo, de conformidad con lo previsto en el artículo 22, apartado 2, letra a) de la LGS, para financiar a la FCVRE, a fin de desarrollar una actividad que tiene por objeto potenciar la participación del Ayuntamiento de Alicante y de su ciudadanía como actores activos en el proceso europeo, en las políticas desarrolladas por la Unión Europea e impulsar el conocimiento de estas, especialmente en aquellas cuestiones relacionadas con las materias de su competencia con una duración de un año, para lo cual, la FCVRE proporcionará al Ayuntamiento información sobre las iniciativas, políticas y convocatorias europeas de su interés, servirá de enlace con las instituciones europeas, elaborará agendas institucionales, entre otras.

Vigencia
Vigente: 
Plazo de vigencia: 
De 25 de Septiembre de 2024 hasta 24 de Septiembre de 2025
Condición de vigencia: 
El plazo de vigencia será de un año desde la suscripción por las partes, prorrogable de conformidad de ambas partes y con lo dispuesto en el art 49, letra h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, solicitada esta con 3 meses de antelación a la finalización
Fecha de extincion: 
24 de Septiembre de 2025
Motivos de extinción: 

La extinción y efectos de la resolución del convenio se regulan por las previsiones de los artículos 51 y 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

El presente convenio podrá ser resuelto por acuerdo de las partes. Igualmente, constituirá causa de extinción del presente convenio el incumplimiento de los compromisos adquiridos en éste, así como los previstos a todos los efectos por la legislación vigente. En el supuesto de extinción previa a la conclusión del plazo de vigencia, la comisión de seguimiento acordará la manera de acabar las actuaciones en curso de ejecución, así como las consecuencias aplicables en caso de incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por cada una de las partes.

Aprobación y publicación
Acto de aprobación: 
Acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local en sesión celebrada el día 24 de septiembre de 2024.
Documento de Acto de aprobación: 
Financiación: 
La aportación económica del Ayuntamiento de Alicante para la financiación del presente convenio será de 23.730€ con cargo a la aplicación presupuestaria 16.941.45202 del presupuesto municipal para el año 2024, y será compatible con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad procedentes de cualquier administración, entidad pública o privada, siempre que no se supere el importe total del coste de la actividad subvencionada.
Organización personificada de gestión: 
Se constituirá un comité técnico del convenio compuesto por al menos una persona designada por cada parte para el sostenimiento de los trabajos. Tanto la FCVRE como el Ayuntamiento de Alicante designarán a una persona interlocutora para los contactos y tareas a realizar. El Ayuntamiento de Alicante designa como personas interlocutoras al Servicio Alcaldía y el Servicio de Planes Estratégicos y Proyectos Europeos pudiendo recabar el apoyo técnico que requiera para el desarrollo de sus funciones. Se establecerá entre ambas partes un plan de trabajo que será objeto de informe de ejecución y seguimiento de actividades con carácter mensual.
Órgano mixto de seguimiento y control: 
La comisión estará compuesta por cuatro personas, dos en representación de la FCVRE y otras dos en representación del Ayuntamiento de Alicante. Las personas representantes de la FCVRE en esta comisión son: • La dirección de la FCVRE o persona en quien delegue, que ejercerá las funciones de presidencia. • La coordinador/a de la FCVRE o persona en quien delegue. Las personas responsables del Ayuntamiento de Alicante en esta Comisión son: • El/la Concejal/a del Servicio de Planes Estratégicos y Fondos Europeos. • Dirección General de Empleo, Fomento Empresarial y nueva Economía • El/la funcionario/a responsable del Servicio de Planes Estratégicos y Fondos Europeos del Ayuntamiento de Alicante (Jefatura de Servicio). • El/la funcionario/a responsable del Servicio de Alcaldía del Ayuntamiento de Alicante (Jefatura de Servicio).