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La Concejalía de Igualdad conmemora el Día Internacional de la Memoria Trans
El 20 de noviembre, Día Internacional de la Memoria Trans, es la fecha en que recordamos y honramos la vida de las personas trans asesinadas victimas de delitos de odio como la transfobia, víctimas de la intolerancia y el miedo a la diferencia. Honramos su memoria para recordar que la violencia contra la comunidad trans persiste y perdura hoy en día, para recordar que nadie tiene derecho a discriminar, herir, violentar, acosar, hostigar, perseguir, dañar o arrebatar la vida de nadie.
En España, los delitos y episodios graves de odio aumentaron un 6,8% en 2019 con respecto al año anterior. El total de delitos y episodios de odio registrados por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, a lo largo de 2019, aumentaron hasta alcanzar la cifra de 1.706, frente a los 1.598 registrados en 2018.
Dentro de esta cifra global, los delitos de "orientación sexual e identidad de género" representan la cifran de 278.
Una sociedad sólo es igualitaria si toda su ciudadanía es igual ante la ley y ante la justicia; con los mismos derechos y obligaciones; sin exclusión, sin discriminación, sin riesgo para su integridad y sin ataques a su dignidad. En el caso de las personas trans, un hecho crucial marca la profundidad de la brecha de la desigualdad: Mientras las personas trans sigan teniendo que someterse a tratamientos y pruebas para probar y demostrar su identidad, no podremos hablar de igualdad frente a una mayoría que nunca ha visto cuestionada su identidad.
Las obligaciones legales que los Estados tienen para proteger a las personas trans frente a la violencia y disriminación no son diferentes de las obligaciones con el conjunto de la ciudadanía. Los derechos de las personas Trans no son derechos especiales, son, simplemente, Derechos Humanos.
Así lo afirma el Art.2 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.